lunes, 20 de agosto de 2007

OBJETO DE DERECHO

Es objeto de derecho todo lo que se nos presenta existiendo fueran del sujeto, tanto en las cosas materiales como las inmateriales y las acciones humanas.

El objeto de derecho, en su sentido amplísimo, era toda entidad pensable, real o irreal, perteneciente a la naturaleza racional o irracional. A este sentido amplísmo, se entendia por objeto jurídico todo lo que existe en el mundo exterior y fuera del hombre.
La multiplicidad de relaciones jurídicas nos lleva a reunir en 3 grupos de ser obejto de derecho:
1.- Las cosas susceptibles: es aquello capaz de sufrir una modificación o de asimilar un carácter, como podemos destacar las categorías de las cosas que se conocen como corporales, incorporales, fungibles e infungibles, consumibles e inconsumibles, divisibles e indivisibles, singulares y universales, muebles e inmuebles.
2.- El comportamiento humano manifesta una acción y omisión.
3.- La propia persona ( derecho evidente a la personalidad, tutela y la patria potestad)

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